1 cuota de $46.000 sin interés | CFT: 0,00% | TEA: 0,00% | Total $46.000 |
3 cuotas de $15.333,33 sin interés | CFT: 0,00% | TEA: 0,00% | Total $46.000 |
2 cuotas de $27.218,20 | Total $54.436,40 | |
6 cuotas de $10.143,77 | Total $60.862,60 | |
9 cuotas de $7.176,51 | Total $64.588,60 | |
12 cuotas de $5.688,67 | Total $68.264 | |
24 cuotas de $4.082,69 | Total $97.984,60 |
3 cuotas de $18.557,93 | Total $55.673,80 |
3 cuotas de $19.600,60 | Total $58.801,80 | |
6 cuotas de $10.794,67 | Total $64.768 |
6 cuotas de $10.872,10 | Total $65.232,60 | |
9 cuotas de $8.135,36 | Total $73.218,20 | |
12 cuotas de $6.662,72 | Total $79.952,60 |
18 cuotas de $4.636,54 | Total $83.457,80 |
Derechos y garantías de la víctima y su proyección como querellante en el ejercicio de su legitimación procesal autónoma
Especial referencia al Código Procesal Penal de la Nación, Código Procesal Penal Federal, Código Procesal Penal de CABA, Código Procesal Penal de provincia de Buenos Aires, Código Procesal Penal de Córdoba, entre otros.
AUTOR: Gustavo Eduardo Aboso
EDITORIAL: elDial.com
AÑO: 2024
CATEGORÍA: PENAL Y PROCESAL PENAL
FORMATO: PAPEL
PÁGINAS: 402
SINOPSIS:
En esta obra se aborda una de las temáticas más complejas y discutidas al mismo tiempo que versa sobre la legitimación activa del ofendido del delito en el proceso penal. Por lo general, los contados estudios sobre el papel del querellante criminal se circunscriben al análisis unidimensional de su trascendencia en el procedimiento y así abordan de modo sistemático una materia que ha sufrido en el último tiempo modificaciones significativas que moldean sobre su sentido y alcance.
A partir del precedente “Santillán” (1998), nuestra máxima instancia judicial a nivel federal recurrió a una interpretación dinámica del concepto de “juicio previo” y así se sostuvo en adelante que la víctima constituida como querellante en el proceso penal no estaba limitada ni subrogada en el ejercicio de sus derechos, en particular, el de acceso a la jurisdicción fruto de la consagración de la garantía del debido proceso que asegura a cualquier ciudadano, sea acusado u ofendido, a recurrir al servicio de justicia para solucionar el conflicto intersubjetivo que los tiene como protagonistas.
El contenido de la obra se presenta como una unidad sintética en la que se desarrolla en una primera sección el contenido y el alcance de los derechos victimales bajo la égida del principio de la autonomía de la víctima que sirve de lazarillo para comprender de manera armónica el sistema de protección integral brindado por el armazón normativo constituido por la Constitución Nacional y el bloque de convencionalidad que se expresa en una política criminal definida en sus trazos más gruesos por la resignificación del papel de la víctima en el proceso penal.
La segunda sección y más extensa de este trabajo se aboca de manera directa a la regulación de la querella criminal desde una perspectiva integradora que abarca los ordenamientos procesales vigentes en cada jurisdicción provincial. La importancia de este abordaje horizontal de la querella obedece a que si bien es posible establecer presupuestos mínimos comunes en su regulación, sin embargo se presentan singularidades en cada uno de ellos que ameritan su tratamiento específico.
Gustavo Eduardo Aboso : Doctor en Derecho (UNED- Madrid). Defensor de Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Profesor de posgrado de Derecho Penal (UBA, Universidad Austral, Universidad de Belgrano, Universidad Nacional Mar del Plata y Universidad del Salvador). Director del Suplemento de Derecho Penal y Procesal Penal de ElDial. Profesor invitado de la Universidad de Azuay (Ecuador), Universidad Mayor San Andrés (Bolivia), Universidad Nacional Mayor de San Marcos (Perú) y de la Universidad Católica de San Pablo (Perú). Autor del “Código Penal de la República Argentina comentado y concordado”, 6.a ed., 2.a reimp., 2024, entre otras obras. Miembro Fundador de la Academia Argentina de Ciencias Penales.