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Descripción

Manual de Derecho administrativo sancionador
Autor
Director/a Silva de Lapuerta, Marta Director/a García Malsipica, Silvia Coordinador/a Herranz Vega, Mariano

Editorial: Editorial Aranzadi
Fecha de la edición: 2014
Lugar de la edición: Pamplona. España
Edición número: 3ª ed.
Encuadernación: Cartoné
Medidas: 23 cm
Volumen: 2 vols.
Nº Pág.: 2610
Idiomas: Español

Este manual sigue teniendo un enfoque esencialmente docente y fieles a nuestro ideal de lo que debe ser un estudio completo de cualquier disciplina jurídica, contiene una bibliografía que pretende ser selectiva para que el alumno interesado pueda encontrar el modo de profundizar en los temas que le interesen. Al mismo tiempo, en la bibliografía se encuentran las obras que pueden servir de obligado estudio por el alumno en los ejercicios que deben realizar los alumnos como complemento de las llamadas clases magistrales, que impone el denominado Plan Bolonia.

En esta edición se ha modificado el título de la obra y se ha añadido la lección sobre la función pública, de modo que la obra contiene todos los temas que completan el estudio de esta asignatura según el Plan Bolonia.

El Manual, sigue pretendiendo dar una explicación directa y clara de los principios e instituciones del Derecho Administrativo, sin eludir dejar constancia de los planteamientos doctrinales más significativos cuyo conocimiento permite formarse al alumno, transcendiendo soluciones, no siempre afortunadas, que el derecho positivo español ofrece. Igualmente, se da cuenta de un total de más de 746 sentencias de distintos Tribunales (el TC, el TS, el TEDH, o el TJUE) en las que se refleja la posición de la jurisprudencia, que es la medida de la realidad práctica del Derecho. Y, además, la consideración o estudio directo de estas sentencias, o de las más significativas, puede servir igualmente para los trabajos personales de los alumnos que deben completar la formación esencialmente teórica. Selección de obras o de sentencias que debe hacer cada profesor en particular, puesto que él es quien debe evaluar estos trabajos complementarios.